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Mediación Obligatoria para Arrendatarios que Reciben Asistencia Pública

Última revisión

Si usted recibe prestaciones sociales como Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, por su sigla en inglés), Seguro por Incapacidad del Seguro Social (SSDI, por su sigla en inglés) o Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF, por su sigla en inglés), la ley de Colorado le brinda protección adicional antes de un desalojo. En muchos casos, su arrendador primero debe participar en una mediación obligatoria. La mediación obligatoria es un proceso gratuito en el que usted y su arrendador se reúnen con un mediador neutral para intentar resolver los problemas fuera de los tribunales. Esta guía explica lo siguiente: 

  • Cómo funciona la mediación
  • Quiénes reúnen los requisitos
  • Qué puede esperar

¿Qué es la mediación obligatoria?

  • Es una reunión gratuita entre usted y su arrendador.
  • Está a cargo de un mediador neutral, no de un juez.
  • Un mediador es una persona capacitada que no toma partido. No decide quién tiene razón o quién está equivocado. En su lugar, orienta la conversación, ayuda a cada parte a explicar sus inquietudes y busca soluciones que ambas puedan aceptar.
  • La mediación suele ser menos estresante que un proceso judicial, e incluso usted puede solicitar hablar en privado con el mediador.
  • Si la mediación tiene éxito, es posible que el caso de desalojo nunca llegue a los tribunales.

¿Cumplo con los requisitos?

Es posible que reúna los requisitos si:

  • Recibe SSI, SSDI o TANF (Colorado Works); 
  • Su arrendador alquila 6 unidades o más; y
  • Usted le informa por escrito a su arrendador que recibe esos beneficios y que desea participar en una mediación.

¿Quiénes no reúnen los requisitos?

  • Los arrendatarios que no reciben ninguna de las prestaciones mencionadas.
  • Los arrendatarios que no informan por escrito al arrendador que reciben estas prestaciones.
  • Los arrendatarios que alquilan una vivienda de una organización sin fines de lucro 501(c)(3) que ya ofrece servicios de mediación.
  • Los arrendatarios que alquilan a arrendadores que tienen 5 unidades o menos.

¿Cómo funciona la mediación?

  • Su arrendador debe programarla con la Oficina de Resolución de Controversias.
  • Por lo general, se realiza en línea a través de Zoom, aunque también puede ser posible participar por teléfono o en persona. Llame al 720-625-5940 si necesita ayuda.
  • Recibirá una confirmación por correo electrónico con la fecha y la hora. Si no puede asistir, infórmeselo de inmediato al mediador y al arrendador para reprogramar la sesión.
  • Si no se presenta a la sesión, su arrendador puede iniciar un caso de desalojo ante los tribunales.

¿Qué sucede si mi arrendador no participa en la mediación?

Si usted le informó por escrito a su arrendador que recibe esas prestaciones y este no programa la mediación o no asiste:

  • No puede iniciar legalmente un proceso de desalojo en su contra.
  • Si de todos modos intenta hacerlo, usted puede solicitarle al tribunal que desestime el caso porque no se realizó la mediación obligatoria.

Consejos para la mediación

Antes de la mediación:

  • Reúna documentos como recibos de alquiler, fotografías de reparaciones necesarias o cartas y comunicaciones con su arrendador.
  • Piense en soluciones que pueda ofrecer de manera realista, como un plan de pagos.

Durante la mediación:

  • El mediador puede reunirse por separado con usted y con su arrendador.
  • La mediación es confidencial: lo que usted diga durante la mediación no puede utilizarse en su contra ante un tribunal.
  • Puede asistir con una persona de apoyo; el mediador decidirá si esa persona puede participar.

Después de la mediación:

  • Acepte únicamente un acuerdo que realmente pueda cumplir.
  • Puede pedir tiempo para revisar el acuerdo antes de firmarlo.
  • Si la mediación no tiene éxito, el arrendador aún puede iniciar un proceso de desalojo ante los tribunales. En ese caso, usted deberá presentar una contestación y plantear sus defensas.
  • Debe consultar a un abogado o defensor de los derechos de los arrendatarios si reunía los requisitos para la mediación pero hubo:
    • Problemas con la programación de la sesión; y/o
    • Problemas con la forma en que se llevó a cabo la mediación, por ejemplo, si fue parcial o injusta.

Otras protecciones legales

  • Si recibe SSI, SSDI o TANF y pierde el juicio de desalojo, por lo general dispone de 30 días antes de que el sheriff pueda desalojarlo físicamente de la vivienda.
  • Si el desalojo se debe a un incumplimiento grave del contrato de arrendamiento, es posible que solo tenga 10 días.

¿Necesita más ayuda?

Si usted es una persona de bajos ingresos, es una persona mayor o es veterano, podría calificar para recibir ayuda legal gratuita de Colorado Legal Services (CLS). Para solicitar asistencia o preguntar si reúne los requisitos: visite el sitio web de CLS para encontrar la oficina correspondiente a su área. Si llama o visita en persona, le pueden atender en su idioma nativo.

Puede obtener ayuda de los tribunales. Cada distrito judicial tiene personal llamado "Sherlocks" que ayuda a las personas con sus preguntas legales. Para encontrar el Sherlock de su condado, visite la página web de los Sherlocks del Departamento Judicial.

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