Conozca el proceso de ejecución hipotecaria, sus derechos como parte propietaria y las opciones que pueden ayudarle a conservar su hogar.
Si su vivienda se ha vendido mediante una ejecución hipotecaria, es posible que usted todavía se encuentre viviendo en el inmueble cuando el nuevo propietario inicie el proceso de desalojo. En esta guía, se explican sus derechos y opciones en cada etapa, desde confirmar la venta por ejecución hipotecaria hasta afrontar el proceso judicial y proteger su expediente.
Paso 1: Confirme la venta por ejecución hipotecaria
Una vez que su vivienda se vende mediante una subasta realizada por el administrador público o un sheriff, la escritura se transfiere al nuevo propietario. A partir de ese momento, usted deja de ser el propietario legal. Comuníquese con la oficina del administrador público o del sheriff de su condado para confirmar que se haya realizado la venta y averiguar quién es el nuevo propietario.
Consejo:
Si considera que la ejecución hipotecaria se llevó a cabo de manera incorrecta, comuníquese de inmediato con un abogado para averiguar si es posible impugnar la venta. Si usted es una persona de bajos ingresos, es una persona mayor o es veterano, podría calificar para recibir ayuda legal gratuita de Colorado Legal Services (CLS).
Paso 2: Infórmese sobre los excedentes de la subasta
Si su vivienda se vendió por un monto superior al que usted adeudaba por su hipoteca, el dinero sobrante se denomina excedente de la subasta. Es posible que usted tenga derecho a recibir parte de ese dinero una vez cancelados los demás gravámenes. Comuníquese con la oficina del administrador público para consultar si existe un excedente y cómo puede reclamarlo.
Paso 3: Esté atento al aviso de desalojo
No pueden obligarlo a retirarse de la vivienda inmediatamente después de la venta por ejecución hipotecaria. Primero, el nuevo propietario debe notificarle un requerimiento de entrega de la posesión, también denominado aviso de desalojo. Este requerimiento puede otorgarle un plazo de hasta 3 días para desocupar el inmueble.
- El nuevo propietario debe intentar entregarle esta notificación personalmente al menos dos veces.
- Si no logra encontrarlo, puede dejar el aviso en la puerta de la vivienda.
Si usted no desocupa el inmueble antes del vencimiento del plazo, el nuevo propietario puede iniciar una demanda judicial de desalojo.
Paso 4: Inicio del proceso judicial –Citación y demanda
Si el nuevo propietario inicia un proceso de desalojo, se le notificará una citación y demanda:
- La citación indicará una fecha de comparecencia. Esta es la fecha límite para responder.
- La demanda explica los motivos del desalojo y debe demostrar que se le notificó el aviso exigido por ley.
Usted tiene tres opciones hasta la fecha de comparecencia:
Presentar una contestación si tiene argumentos legales de defensa (por ejemplo, irregularidades en la notificación del aviso o en la ejecución hipotecaria).
- Utilice el formulario de contestación JDF 103. (Tenga en cuenta que es el mismo formulario que se utiliza en todos los procesos de desalojo; no existe un formulario específico para los desalojos posteriores a una ejecución hipotecaria).
- Las dificultades financieras no sirven como un argumento de defensa.
Desocupar el inmueble y devolver las llaves antes de la fecha de comparecencia.
- Presente una contestación en la que indique que ya entregó la posesión de la vivienda.
- Conserve pruebas de que devolvió las llaves (una fotografía, un testigo o un recibo).
Llegar a un acuerdo con el nuevo propietario.
- El acuerdo debe constar por escrito y estar firmado.
- Por lo general, incluye una fecha para desocupar la vivienda y puede evitar que se dicte una sentencia de desalojo.
Si presenta una contestación válida, el tribunal programará un juicio, en un plazo de 7 a 10 días.
Paso 5: Preparación para el juicio
- Llame periódicamente al tribunal para confirmar la fecha del juicio.
- Es posible que deba llamar más de una vez. En ocasiones, las fechas de los juicios cambian.
- Puede solicitar comparecer ante el tribunal en forma virtual o por teléfono.
- Lleve todas sus pruebas. Preséntelas ante el tribunal y entregue una copia al nuevo propietario.
- Si obtiene una decisión favorable, podrá permanecer temporalmente en la vivienda, aunque posteriormente podría iniciarse otro proceso de desalojo.
- Si obtiene una decisión desfavorable, el tribunal dictará una sentencia de desalojo en su contra.
- Esta pasará a formar parte de los registros públicos durante 7 años.
- 48 horas después, se puede emitir una orden de restitución.
- El sheriff puede obligarlo a retirarse de la vivienda 10 días después de dictada la sentencia.
- Si alguna persona que vive en su hogar recibe Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI), Seguro por Incapacidad del Seguro Social (SSDI) o prestaciones del programa Colorado Works, infórmeselo al tribunal, ya que el plazo para retirarse de la vivienda podría extenderse a 30 días.
- Si se retira de la vivienda antes del juicio, entregue las llaves al nuevo propietario. Luego, comparezca en el juicio para informarle al juez que ya se retiró de la vivienda y que no es necesario celebrar el juicio.
Paso 6: Llegue a un acuerdo para evitar una sentencia
Una sentencia es una decisión oficial que toma el juez en un caso judicial. Incluso el mismo día del juicio, es posible que todavía pueda llegar a un acuerdo.
- Las opciones pueden incluir obtener más tiempo para desocupar el inmueble, recibir dinero a cambio de entregar las llaves o acordar un plan de pago.
- Siempre debe formalizar el acuerdo por escrito.
- Su objetivo debe ser evitar una sentencia de desalojo formal.
¿Cómo puedo proteger mis expedientes?
Los expedientes de los procesos de desalojo son privados hasta que se dicta una sentencia. Si usted se retira de la vivienda antes de que se dicte una sentencia o llega a un acuerdo adecuado, es posible que el desalojo nunca figure en su expediente. Incluso si obtiene una decisión desfavorable, puede pedirle al nuevo propietario que acepte mantener el expediente bajo reserva, aunque este no tiene obligación de aceptar.
Consejo:
Si logra evitar que se dicte una sentencia, incluso retirándose del inmueble antes de tiempo, le resultará más fácil alquilar una nueva vivienda en el futuro. Una vez dictada, la sentencia de desalojo queda registrada en el expediente durante 7 años.
¿Necesita más ayuda?
Si usted es una persona de bajos ingresos, es una persona mayor o es veterano, podría calificar para recibir ayuda legal gratuita de Colorado Legal Services (CLS). Para solicitar asistencia o preguntar si reúne los requisitos: visite el sitio web de CLS para encontrar la oficina correspondiente a su área. Si llama o visita en persona, le pueden atender en su idioma nativo.
Puede obtener ayuda de los tribunales. Cada distrito judicial tiene personal llamado "Sherlocks" que ayuda a las personas con sus preguntas legales. Para encontrar el Sherlock de su condado, visite la página web de los Sherlocks del Departamento Judicial.