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Comparecencia Remota ante el Tribunal en Casos de Desalojo

Última revisión

Si su arrendador está intentando desalojarlo mediante un proceso ante un tribunal del condado, la ley le otorga el derecho de participar en su caso de dos maneras diferentes:

  • En persona, o
  • De forma remota por teléfono o videoconferencia

¿Cómo puedo participar de forma remota en mi caso de desalojo?

Cuando reciba la documentación judicial del proceso de desalojo, el formulario de “contestación” en blanco (se recomienda el JDF 103) que deberá presentar incluirá una casilla para que le indique al tribunal si participará en persona o de forma remota. Debería poder presentar su contestación en forma electrónica. Consulte la documentación judicial para obtener instrucciones sobre cómo hacerlo.

Una vez que presente su contestación, el tribunal sabrá de qué manera tiene previsto participar. El tribunal debería proporcionarle toda la información necesaria para participar de forma remota, incluida la siguiente:

  • El número de teléfono del tribunal;
  • La dirección de correo electrónico del tribunal; y
  • Instrucciones sobre qué hacer si tiene dificultades técnicas.

¿Cuándo puedo participar de forma remota en mi caso de desalojo?

Si presentó su contestación e indicó que desea participar de forma remota en su caso de desalojo, el tribunal esperará que participe de esa manera.

Esto significa que todas las siguientes instancias se realizarán de forma remota:

  • Comparecencias iniciales
  • Reuniones de seguimiento
  • Audiencias
  • Juicios
  • Cualquier otro procedimiento judicial

 ¿Qué sucede si cambio de opinión?

Si indicó que deseaba participar en persona o de forma remota y cambia de opinión, debería comunicarse con el tribunal lo antes posible.

Debe presentar el formulario JDF 105, “Aviso sobre participación remota”, al menos 48 horas (2 días completos) antes de la audiencia o del juicio; de lo contrario, el juez podría rechazar su solicitud de cambiar la modalidad de participación. Debe notificar a la otra parte de su caso mediante la entrega de una copia de este aviso.

Si faltan menos de 48 horas o dos días para el procedimiento judicial, quedará a criterio del juez permitirle cambiar la modalidad de participación.

Nota: 

Si solicita participar de forma remota por primera vez cuando faltan menos de 48 horas para la audiencia o el juicio, el juez podría rechazar su solicitud y exigirle que comparezca en persona.

¿Qué sucede si necesito adaptaciones para participar de forma remota?

Si decide participar de forma remota, el tribunal igualmente debe cumplir todas las leyes estatales y federales relativas a adaptaciones si usted tiene una discapacidad o necesita un intérprete.

El formulario de contestación incluye una casilla que puede marcar si necesita un intérprete y un espacio para indicar el idioma.

Puede solicitar una adaptación por discapacidad comunicándose con el tribunal y hablando con el coordinador de la Ley sobre Estadounidenses con Discapacidades (ADA, por sus siglas en inglés).  

¿Qué ocurre si tengo problemas técnicos?

Si tiene algún problema técnico, el tribunal debería haberle proporcionado instrucciones sobre qué hacer. De no ser así, llame de inmediato a la Secretaría Judicial. 

El tribunal intentará restablecer la conexión con usted. La ley exige que se le conceda un plazo razonable para restablecerla.

Si no puede volver a conectarse, el tribunal reprogramará el procedimiento judicial lo antes posible. El nuevo procedimiento se realizará en persona y se esperará que usted participe personalmente.

El tribunal no puede dictar una sentencia en rebeldía en su contra debido a dificultades técnicas. 

Need more help?

If you are low-income, a senior, or a veteran, you may qualify for free legal help from Colorado Legal Services (CLS). To apply or ask if you might qualify, go to the CLS website and find the office that serves your area. If you call or visit, CLS can help you in your native language.

You can get help from the courts. Every judicial district has staff called “Sherlocks” to help people with their legal questions. To find the Sherlock in your county, visit the Judicial Department’s Sherlock webpage.

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