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Las leyes federales y del estado de Colorado protegen a las personas contra la discriminación cuando alquilan, compran o solicitan una vivienda. La discriminación puede manifestarse de distintas maneras según la situación, y no siempre es evidente cuando ocurre. Estas leyes tienen por objeto garantizar que todas las personas tengan una oportunidad justa de encontrar y conservar una vivienda.
Esta guía explica lo siguiente:
- Qué es la discriminación en la vivienda
- A quiénes protege la ley
- Qué tipos de actos son ilegales
- Qué medidas puede tomar si considera que lo discriminaron o lo trataron injustamente debido a alguna característica protegida de su identidad
¿Qué es la discriminación en la vivienda?
La discriminación en la vivienda ocurre cuando un proveedor de vivienda trata a una persona de manera menos favorable que a otras debido a una característica protegida por la ley.
Los proveedores de vivienda pueden incluir:
- Arrendadores
- Administradores de propiedades
- Asociaciones de propietarios
- Agentes inmobiliarios
- Otras personas que intervienen en el alquiler o la venta de viviendas
Si recibe un trato diferente debido a una característica protegida, esa conducta puede infringir las leyes de igualdad de acceso a la vivienda.
¿Qué son las leyes de igualdad de acceso a la vivienda?
Las leyes de igualdad de acceso a la vivienda tienen por finalidad garantizar el acceso igualitario a la vivienda. Estas leyes se aplican cuando las personas:
- Alquilan o compran una vivienda
- Solicitan una vivienda
- Solicitan ayuda para la vivienda
- Utilizan servicios relacionados con la vivienda
Las leyes federales y del estado de Colorado prohíben la discriminación en la vivienda. Además, crean procedimientos para que las personas presenten demandas si consideran que se vulneraron sus derechos.
¿A quiénes protege la ley?
Las leyes de igualdad de acceso a la vivienda protegen a las personas contra la discriminación basada en determinadas características, denominadas categorías protegidas.
Tanto la legislación federal como la del estado de Colorado prohíben la discriminación por motivos de:
- Raza (incluidos la textura o el tipo de cabello y los peinados naturales)
- Color
- Origen nacional
- Religión
- Situación familiar (tener hijos o estar embarazada)
- Discapacidad (impedimentos mentales o físicos que limiten sustancialmente actividades importantes de la vida diaria)
- Sexo
- Orientación sexual
- Identidad de género o expresión de género
La legislación de Colorado también protege a las personas contra la discriminación basada en:
- Ascendencia
- Credo (creencias religiosas)
- Estado civil (soltero, casado, divorciado, separado o viudo)
- Fuente de ingresos (incluida la asistencia pública)
- Estado de veterano o de miembro de las fuerzas armadas
También puede estar protegido si la discriminación se produce debido a una característica protegida de una persona con la que vive o con la que se relaciona.
¿Qué actos son ilegales?
Los proveedores de vivienda no pueden realizar determinados actos debido a su pertenencia a una categoría protegida. Algunos ejemplos incluyen:
- Negarse a alquilar o vender una vivienda
- Establecer términos o condiciones diferentes para la venta o el alquiler de una vivienda
- Ofrecer instalaciones o servicios de vivienda diferentes
- Afirmar falsamente que una vivienda no está disponible cuando en realidad sí lo está
- Desalojar a un arrendatario o negarse a renovar un contrato de arrendamiento
- Negarse a realizar adaptaciones razonables o modificaciones razonables por motivo de una discapacidad
- Dirigir a una persona hacia determinados edificios o vecindarios, o alejarla de ellos
- Amenazar, acosar o intimidar a la persona
- Tomar represalias contra la persona por ejercer sus derechos
- Publicitar viviendas indicando preferencias discriminatorias (por ejemplo, “no se permiten niños”)
Ejemplos de discriminación en la vivienda
La discriminación en la vivienda puede manifestarse de muchas maneras. Algunos ejemplos incluyen:
- Rechazo de solicitudes
- Un arrendador le informa que un departamento está disponible, pero cuando usted llega y el arrendador advierte cuál es su raza, le dice que la unidad ya no está disponible.
- Un arrendador se niega a alquilarle a una persona que utiliza un vale de la Sección 8 u otro tipo de asistencia pública.
- Un arrendador rechaza una solicitud porque el solicitante tiene hijos.
- Trato diferente
- Un arrendador dirige a un arrendatario a otro edificio debido a su origen étnico.
- Las familias con hijos quedan restringidas a determinados pisos o unidades.
- Un arrendador exige a los solicitantes que reciben asistencia pública el pago de alquileres más altos.
- Las solicitudes de mantenimiento de determinados arrendatarios se atienden con mayor demora que las de otros.
- Desalojos o falta de renovación del contrato de arrendamiento
- Un arrendador se niega a renovar un contrato de arrendamiento porque una arrendataria está embarazada.
- Un arrendatario es desalojado después de solicitar una adaptación relacionada con una discapacidad.
- Acoso o intimidación
- Un arrendador exige favores sexuales a cambio de realizar reparaciones.
- Un administrador de propiedades utiliza insultos racistas o amenazas.
- Un arrendador no pone fin al acoso por parte de administradores de propiedades u otros arrendatarios después de que se le informa de la situación.
¿Las leyes de igualdad de acceso a la vivienda se aplican a todas las viviendas?
Las leyes de igualdad de acceso a la vivienda se aplican a todas las viviendas disponibles para la venta, el alquiler o el arrendamiento en Colorado, aunque existen algunas excepciones:
- Algunas viviendas administradas por organizaciones religiosas o clubes privados.
- Ejemplos: fraternidades universitarias, hermandades universitarias y conventos.
- Determinados tipos de vivienda que no están sujetos a las leyes contra la discriminación por situación familiar (vivir con hijos, miembros de la familia ampliada, etc.):
- Viviendas para personas mayores (comunidades para adultos mayores, residencias para adultos mayores, instituciones de ayuda parcial, asilos de ancianos, etc.).
- Viviendas unifamiliares, si el propietario posee tres o menos viviendas unifamiliares.
- Habitaciones o unidades ubicadas en un edificio en el que también vive el propietario, siempre que el edificio tenga cuatro unidades o menos.
- Las viviendas pertenecientes a pequeños arrendadores, a diferencia de las pertenecientes a grandes empresas, no están sujetas a las leyes que prohíben discriminar a los arrendatarios por su fuente de ingresos (por ejemplo, por recibir prestaciones sociales o contar con un vale para elección de vivienda):
- Viviendas pertenecientes a arrendadores que poseen tres o menos unidades destinadas al alquiler.
- Viviendas pertenecientes a arrendadores que poseen cinco o menos viviendas unifamiliares y no más de cinco unidades de alquiler en total.
- En esta situación, el arrendador no está obligado a aceptar vales para elección de vivienda para ninguna de las viviendas unifamiliares.
Si no está seguro de si la ley se aplica a su situación, puede ser conveniente obtener asesoramiento legal.
Tenga en cuenta que las ordenanzas de zonificación que limitan la cantidad de personas que pueden vivir en un departamento no infringen las leyes de igualdad de acceso a la vivienda.
¿Qué debe hacer si sospecha que fue víctima de discriminación?
Si considera que sufrió discriminación en la vivienda, puede resultarle útil lo siguiente:
Paso 1: Anotar lo sucedido lo antes posible.
Incluya fechas, lugares y nombres de las personas involucradas.
Paso 2: Conservar documentos y comunicaciones.
Guarde correos electrónicos, mensajes de texto, cartas y documentación relacionada con la solicitud de vivienda.
Paso 3: Presentar una denuncia ante una agencia gubernamental.
Las agencias gubernamentales investigan las denuncias de discriminación en la vivienda sin costo alguno.
Consejo:
Debería presentar la denuncia lo antes posible.
¿Dónde puedo presentar una denuncia?
Puede presentar una denuncia por discriminación en la vivienda ante:
Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los EE. UU. (HUD, siglas en inglés)
- En línea: https://www.hud.gov/fairhousing/fileacomplaint
- Teléfono: 1-800-877-7353
- Correo postal:
- U.S. Department of Housing and Urban Development
Office of Fair Housing and Equal Opportunity (FHEO)
Denver Regional Office
1670 Broadway
Denver, CO 80202
- U.S. Department of Housing and Urban Development
División de Derechos Civiles de Colorado (CCRD, por sus siglas en inglés)
- En línea: https://socgov07.my.salesforce-sites.com/ColoradoCivilRights/.
- Teléfono:
- 303-894-2997 (English)
- 720-432-4292 (español)
- Correo electrónico: DORA_CCRDintake@state.co.us
- Correo postal:
- 1560 Broadway, Suite 825
Denver, CO 80202
- 1560 Broadway, Suite 825
¡Importante!
La legislación de Colorado prohíbe la discriminación basada en la fuente de ingresos, el estado civil, la ascendencia, el credo y el estado de veterano. Las denuncias relacionadas con estas categorías protegidas deben presentarse ante la División de Derechos Civiles de Colorado, y no ante el HUD.
Dónde obtener ayuda o más información:
HUD: www.hud.gov
CCRD: https://ccrd.colorado.gov/
Denver Metro Fair Housing Center: www.dmfhc.org
Nota:
Servicios Legales de Colorado no puede brindarle asistencia en demandas judiciales por discriminación en la vivienda.