Obtenga una descripción general de las órdenes de protección civil, incluidos los temas que cubren, quién puede obtener una y qué sucede si se violan.
Debe ir a la corte para obtener una orden de protección permanente (PPO, por sus siglas en inglés). Esto se conoce como audiencia probatoria.
Esta guía explica:
- Qué es una audiencia probatoria
- Qué usted debe hacer para prepararse
- Qué puede suceder en la audiencia
- Qué sucede después de la audiencia
Ya obtuve una orden de protección, ¿por qué tengo que ir a la corte de nuevo?
Hay dos tipos de órdenes de protección que puede obtener de la corte.
- La primera es la Orden de Protección Temporal. Este es el tipo de orden de protección que obtiene cuando solicita por primera vez una orden de protección al juez. Por lo general, habrá tenido una audiencia solo usted y el juez en la que explicó por qué necesita una orden de protección. Esta orden suele durar dos semanas o menos.
- La segunda es una Orden de Protección Permanente. Para convertir su Orden de Protección Temporal en una Orden de Protección Permanente, usted debe regresar a la corte para una audiencia probatoria. Una orden de protección permanente es indefinida, lo que significa que no tiene fecha de finalización.
- Durante la audiencia, deberá demostrarle a la corte que ocurrió algo que provocó que necesitara protección y que, sin una orden de protección, corre el riesgo de sufrir más daños.
- Durante la audiencia, la otra persona tiene derecho a comparecer e intentar demostrar que la orden de protección no debe hacerse permanente.
¿Tengo que ir a la audiencia?
No se le obligará a ir a la audiencia. Sin embargo, si no asiste a la audiencia, el juez desestimará la orden de protección. Si no asiste a la audiencia, usted perderá la oportunidad de ser escuchado por el juez y su orden de protección será desestimada.
¿Qué sucede si la otra persona no ha sido notificada?
De todos modos, usted debe acudir al tribunal aunque no se haya notificado a la otra persona. Usted puede pedirle al juez que extienda la orden de protección otras dos semanas para que tenga más tiempo de notificar a la otra persona.
¿Qué necesito preparar antes de la audiencia?
Paso 1: Notificación
Antes de la audiencia, usted debe hacer todo lo posible para asegurarse de que la orden de protección haya sido “notificada” (entregada a la otra persona de una manera específica requerida por la ley) a la otra persona. En la mayoría de los casos, la oficina del alguacil local le entregará la orden de protección a la otra persona. Si su caso involucra violencia doméstica, agresión sexual o acoso, es posible que el alguacil no le cobre una tarifa por notificar a la otra persona. Para obtener más información, consulte “Cómo entregar documentos judiciales.”
Usted es responsable de asegurarse de que el alguacil tenga una copia de sus documentos para entregar a la otra persona. Usted debe compartir con el alguacil cualquier información que tenga sobre cómo pueden encontrar a la otra persona, incluso si esa persona tiene próximas fechas en la corte por otros casos.
Una vez que el alguacil le haya entregado la notificación a la otra persona, le proporcionará a usted o a la corte una Declaración Jurada de Notificación (JDF 98). Si le entregan ese documento directamente, usted debe asegurarse de presentarlo ante la corte antes de su audiencia. Usted tiene que llevar una copia a la audiencia para demostrar que a la otra persona se le notificó debidamente.
Paso 2: Testigos
Puede resultar útil llevar testigos a su audiencia. Un testigo es una persona que vio directamente algo que ayudará al juez a tomar su decisión.
- Por ejemplo, si su vecino vio que la otra persona lo golpeó, su vecino puede ser un buen testigo porque puede decirle al juez lo que vio.
Antes de ir a su audiencia, debe hablar con las personas que desea que sean sus testigos. Es posible que acepten voluntariamente ir a la corte con usted. Si no están dispuestos a ir a la corte (o si su empleador necesita una prueba de que deben ir a la corte para permitirles ausentarse del trabajo), usted puede pedirle a la corte que emita una citación judicial para que el testigo comparezca ante la corte.
Una citación judicial es una orden de la corte que le indica a una persona que debe comparecer para declarar en una audiencia. Usted debe solicitar su citación 48 horas antes de la fecha y hora de su audiencia. Para solicitar una citación judicial:
- Llene el Formulario JDF 80.2.
- Llene el Formulario JDF 80.3.
- Lleve ambos formularios a la oficina del secretario de la corte. Se los devolverán después de que estén firmados.
- A continuación, usted tiene que entregar la citación a su testigo. Asegúrese de que reciban una copia de la citación y del formulario JDF 80.1.
- Una vez que se le haya notificado a su testigo, pídale a la persona que le hizo la notificación que llene el formulario JDF 98.
- Páguele a su testigo cualquier reembolso por millaje apropiado para ir a la corte.
Prepare algunas preguntas abiertas que le gustaría hacerle a sus testigos en la audiencia. Debata el fondo de lo que usted planea preguntarles en la audiencia. No les diga qué decir ni les pida que cambien sus respuestas.
Los ejemplos de preguntas abiertas pueden incluir:
- ¿Qué vio que hizo el Sr. X conmigo?
- ¿Cuándo vio que esto sucedió?
- ¿Dónde estaba parado cuando esto sucedió?
- ¿Cómo respondí?
Usted también será testigo en la audiencia. Usted tiene que planear hablar sobre lo que lo llevó a solicitar una orden de protección y por qué teme sufrir daños por parte de la otra persona. Sea específico. Cuando pueda, proporcione detalles (como la fecha, la hora y el lugar) de los incidentes.
Paso 3: Pruebas
Antes de su audiencia, usted tiene que preparar cualquier documento o fotografía que desee que la corte examine. A estos se les llama “pruebas documentales.” Las pruebas documentales pueden incluir:
- Fotografías
- Declaraciones escritas (como informes policiales o registros médicos)
- Correos electrónicos
- Capturas de pantalla de mensajes de texto
- Videos
- Grabaciones de audio
Si sus pruebas documentales son algo que se puede imprimir, imprima 4 copias: 1 copia para el juez, 1 para la otra persona, 1 para el testigo y 1 para usted. Usted tiene que etiquetarlas usando un número para cada documento. (La otra parte debe etiquetar sus pruebas usando letras). Cada copia debe tener el número escrito en la esquina superior derecha.
Si usted planea usar una grabación de audio o video como prueba, tendrá que hablar con el secretario del juzgado para determinar cómo desea que sea presentada. Es probable que deba proporcionar el archivo en un formato que el tribunal pueda conservar (como una unidad flash USB o un CD-ROM). Además, deberá llevar al tribunal un dispositivo para reproducir la grabación. Es posible que el tribunal le exija reproducir la grabación para la otra parte antes de que el juez la escuche o la vea.
¿Qué pasa si no me siento seguro al ir al tribunal?
Su seguridad en el palacio de justicia es importante. Es posible que desee comunicarse con un defensor de sobrevivientes y un plan de seguridad antes de ir al tribunal. Violence Free Colorado tiene un directorio de organizaciones locales de defensa para sobrevivientes de violencia doméstica y recursos informativos.
Piense en cómo llegará al palacio de justicia; dónde está el estacionamiento o dónde está la parada de autobús más cercana. Considere traer a una persona de apoyo (familiar o amigo) para que camine con usted y le brinde apoyo emocional.
Una vez que ingrese al palacio de justicia, pasará por un detector de metales. Asegúrese de no tener ningún arma en sus bolsos. Los agentes del alguacil forman el personal de seguridad del tribunal y están disponibles para proporcionar información de seguridad adicional y apoyo.
Puede solicitar que un agente del alguacil esté presente en la sala del tribunal. Es útil solicitar esto antes de la audiencia.
Después de la audiencia, por regla general, el juez permitirá que una parte se vaya aproximadamente 15 minutos antes que la otra parte para evitar situaciones peligrosas en el pasillo. Además, puede pedirle a un agente que lo acompañe a su auto después de la audiencia.
¿Qué pasa cuando llego a la sala del tribunal?
Cuando llegue a la sala del tribunal, hágale saber al secretario del tribunal que está allí. Le harán saber en qué mesa debe sentarse. Debe sentarse en la mesa, y sus testigos y personas de apoyo deben sentarse detrás de usted en los bancos llamados "la galería".
El juez entrará a la sala del tribunal y se le pedirá que se ponga de pie ("Todos, de pie"). El juez le indicará que tome asiento y llamará a su caso.
Puede pedirle al tribunal que "separe" a los testigos. Esto significa que sus testigos y los de la otra parte deben sentarse fuera de la sala del tribunal en el pasillo hasta que sea su turno de declarar. Esto puede ser útil para demostrar que los testigos no están escuchando el testimonio de los demás y cambiando lo que dicen. También puede ser más cómodo si hay menos personas en la sala del tribunal cuando discute detalles personales sobre su caso. Es su decisión solicitar esto o no. Sin embargo, si la otra parte lo solicita y el juez lo concede, sus testigos también deben cumplir.
Si la otra persona en el caso está presente, el juez le preguntará si se opone a que la orden de protección sea permanente. Si no lo hace, el juez se cerciorará de que comprenda sus derechos y, por lo general, emitirá una orden de protección permanente. Debe esperar para obtener una copia de esa orden antes de salir de la sala del tribunal.
Si la otra persona se opone a la orden de protección, el juez iniciará la audiencia. El juez puede tener algunas preguntas o comentarios antes de que comience la audiencia. Preste mucha atención a lo que dice el juez. Si está confundido o no entiende algo, pídale al juez que clarifique a qué se refería.
Debido a que usted es la persona que busca protección, debe presentar su versión primero. Usted debe probar su caso por "preponderancia de la prueba". Esto significa que el juez le cree a usted y a sus pruebas más que a la otra persona y a las de ella. Una vez que termine de presentar sus testigos y pruebas al juez, la otra parte tendrá la oportunidad de presentar testigos y pruebas. Después de que ambas partes hayan pasado, el juez tomará su decisión.
¿Cómo presento a mis testigos?
Cada testigo puede dar testimonio de la misma manera. Esto es cierto para ambas partes en un caso judicial.
El juez comenzará por "tomar juramento" al testigo. El testigo debe decir que promete decir la verdad "bajo pena de perjurio". Esto significa que si no dice la verdad, podría meterse en problemas legales por mentir bajo el delito de "perjurio".
Paso 1: Examen directo
La persona que llamó al testigo puede comenzar haciéndole preguntas al testigo. Esto se llama "examen directo". Estas preguntas deben ser algo abiertas y deben centrarse en las observaciones personales del testigo. Las preguntas objetivas (¿Quién? ¿Qué? ¿Cuándo? ¿Dónde? ¿Y cómo?) van a ser más útiles para el juez que pedir la opinión del testigo sobre la otra persona.
Paso 2: Contrainterrogatorio
Una vez que un testigo termina el examen directo, la otra parte tiene la oportunidad de hacer preguntas en un proceso llamado "contrainterrogatorio." El contrainterrogatorio no es el momento para discutir con el testigo. Este tiempo debe usarse para hacer preguntas que siembren dudas sobre lo que dijo el testigo. Puede usar este tiempo para mostrar dónde un testigo hizo declaraciones inconsistentes, señalar declaraciones inconsistentes anteriores o demostrar que el testigo tiene un sesgo específico en este caso. Usted debe continuar siendo profesional y cortés con el testigo, incluso si no está de acuerdo con su testimonio. Puede elegir no hacerle ninguna pregunta a un testigo durante el contrainterrogatorio.
Paso 3: Preguntas del juez
Después de que ambas partes hayan tenido la oportunidad de hacer preguntas a un testigo, el juez puede hacer algunas preguntas por su cuenta. Además, el juez puede dar a las dos partes la oportunidad de hacer preguntas adicionales.
¿Cómo muestro mis pruebas?
Si usted ha preparado pruebas para la audiencia, debe presentarlas durante la audiencia para permitir que el juez las revise al tomar su decisión.
Para presentar adecuadamente las pruebas durante la audiencia:
- Diga: "Le estoy entregando al Demandado una copia de la prueba núm.".
- Entregue una copia de la prueba a la otra persona (o a su abogado).
- Pídale al tribunal que le permita entregar una copia al testigo. (Si usted es el testigo, dígale al tribunal que está viendo la prueba).
- Pídale al testigo que identifique la prueba y explique por qué es importante para el caso.
- Pídale al juez que "admita" la prueba.
- El juez le preguntará a la otra parte si se opone.
- Si no se opone, entréguele al juez una copia de la prueba.
- Si se opone, explique por qué se debe admitir la prueba a pesar de su objeción. El juez "sostendrá" la objeción si está de acuerdo con la otra parte o "desestimará" la objeción si está de acuerdo con usted. Si desestima la objeción, entréguele al juez una copia de la prueba.
- Haga esto por cada prueba que quiera que el juez revise.
¿Qué pasa si la otra persona no se presenta a la audiencia?
Si la otra persona no se presenta a la audiencia y ha sido notificada, el juez procederá sin la aportación de esa persona. A veces, el juez le hará algunas preguntas en las que usted haya jurado decir la verdad antes de decidir hacer que la orden de protección sea permanente.
¿Qué pasa si yo o la otra persona pedimos más tiempo para prepararnos?
Tanto usted como la otra persona tienen derecho a pedir más tiempo antes de presentar sus pruebas en la audiencia. Cada uno puede pedir una nueva fecha de audiencia por "causa justificada". Esto incluye pedir tiempo adicional para hablar con un abogado u obtener información o pruebas adicionales antes de presentar su caso. El juez decide si permite o no que cualquiera de ustedes tenga más tiempo.
¿Qué pasa si la otra persona miente?
El trabajo del juez durante la audiencia es escuchar todas las pruebas y decidir qué pruebas cree que son verdad. El juez prestará atención a lo que dicen los testigos, su lenguaje corporal, su tono de voz y su comportamiento en la sala del tribunal. El juez también considerará lo que dicen otros testigos y lo que muestran las pruebas. Si el testimonio de una persona es diferente de lo que dicen otros testigos y de lo que muestran las pruebas, el juez puede concluir que esa persona está mintiendo o no es de fiar. El juez tiene responsabilidad de tomar la decisión sobre a quién le cree. Los jueces se toman esta responsabilidad muy en serio.
¿Qué pasa después de la audiencia?
Al final de la presentación de testigos y pruebas, el juez tomará una decisión. El juez hará una "determinación de hechos", explicando qué testigos y pruebas considera verdaderos. Luego, el juez aplicará la determinación de hechos a la ley.
Para emitir una Orden de Protección Permanente, el juez debe determinar que los hechos justificaban la emisión de la Orden de Protección Temporal y que, sin una Orden de Protección Permanente, la otra persona seguirá involucrándose en ese comportamiento o intentará intimidarle o tomar represalias contra usted. Si el juez determina que esto es correcto, emitirá la Orden de Protección Permanente. Si el juez no determina esto, desestimará el caso y no habrá orden de protección.
A veces, según lo que usted o la otra persona soliciten, el juez puede cambiar algunas partes de la orden de protección. Esto se llama modificar.
- Por ejemplo, si usted y la otra persona tienen hijos juntos, el juez puede permitir algunos tipos específicos de comunicación entre ambos para permitir que la otra persona pase tiempo con los hijos.
Si el juez ordena una Orden de Protección Permanente, ¿cuánto dura?
Si el juez ordena una Orden de Protección Permanente, durará indefinidamente. Como parte protegida, usted puede pedirle al tribunal que modifique la orden de protección o la desestime en cualquier momento después de que sea emitida. La otra persona solo puede solicitar una modificación o desestimación de la orden de protección dos años después de que haya sido emitida, y debe brindar información sobre sus antecedentes penales al tribunal. Si lo hace, debe asegurarse de que usted reciba notificación de su solicitud para modificar o desestimar la orden de protección.
El tribunal puede modificar los términos de la orden de protección para cumplir con otras órdenes judiciales, como cualquier procedimiento penal o casos judiciales de derecho de familia.
¿Qué pasa si la otra persona viola la orden?
Violación de una orden de protección es un delito. Debe reportar cualquier violación de la orden de protección a las fuerzas del orden.
¿Necesita más ayuda?
Puede obtener ayuda de los tribunales. Cada distrito judicial tiene personal llamado "Sherlocks" que ayuda a las personas con sus preguntas legales. Para encontrar el Sherlock de su condado, visite la página web de los Sherlocks del Departamento Judicial.